Asunto |
Descarga |
La información litigiosa de los patrimonios autónomos debe ser reportada y actualizada en el sistema EKOGUI por la entidad fideicomitente o fiduciaria que asumió su representación judicial. |
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Los usuarios del sistema EKOGUI son los responsables directos por la veracidad y oportunidad de la información que ellos reporten en el mismo dentro del marco de sus competencias funcionales. En razón a las buenas prácticas de las Oficina Jurídicas de todas las Entidades Públicas del Orden Nacional se parte del hecho que las mismas cuentan con todas y cada una de las piezas que conforman el expediente judicial y en razón a ello se solicitó el cargue dentro del sistema EKOGUI de los documentos que marcan hitos estratégicos dentro del proceso. |
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Las entidades que reportan en el sistema EKOGUI deben cumplir con los requerimientos encaminados a contar con información que reuna mejores condiciones. |
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Las entidades públicas de orden nacional son las responsables de reportar y mantener actualizada la información de la actividad litigiosa en el sistema EKOGUI. |
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Las entidades que reportan en el sistema EKOGUI son las responsables de actualizar la información de su actividad juridica por ser fuente primaria de la misma |
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Las Sociedades de Economía Mixta cualquiera que sea el porcentaje de participación estatal están obligadas a reportar su actividad litigiosa en el sistema EKOGUI. |
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